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2020-12-29 Res. MT. 60-21 Licencia Justificada por ciclo lectivo

Importante – Resolución MT 60/21 –Cuidado de niños/as y adolescentes durante el ciclo lectivo

12 de Febrero de 2021

Estimado Cliente

El día 10 de febrero de 2021 el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dispuso mediante la Res. 60/21, la modificación del artículo 3° de la Res. MTESS 207/20, estableciendo que:

A partir del ciclo lectivo que comienza se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, en las siguientes situaciones:

  • Los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo.
  • Los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente.

La persona alcanzada por esta justificación deberá notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora. Para permitir el adecuado control, deberá completar una declaración jurada que deberá contener:

  1. Los datos del niño, niña o adolescente
  2. Grado o año que cursa y datos del establecimiento educativo al que concurre.
  3. El régimen de presencialidad que se haya dispuesto en esa institución.
  4. La declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, los días en que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo.

Es importante resaltar que solo podrá acogerse a esta justificación solo un progenitor o persona responsable de los cuidados, por hogar.

Estamos a disposición para cualquier consulta que desee formular.

Equipo Estrucplan