2020-12-29 Res. MT. 60-21 Licencia Justificada por ciclo lectivo
Importante – Resolución MT 60/21 –Cuidado de niños/as y adolescentes durante el ciclo lectivo
12 de Febrero de 2021
Estimado Cliente
El día 10 de febrero de 2021 el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social dispuso mediante la Res. 60/21, la modificación del artículo 3° de la Res. MTESS 207/20, estableciendo que:
A partir del ciclo lectivo que comienza se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, en las siguientes situaciones:
- Los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo.
- Los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente.
La persona alcanzada por esta justificación deberá notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora. Para permitir el adecuado control, deberá completar una declaración jurada que deberá contener:
- Los datos del niño, niña o adolescente
- Grado o año que cursa y datos del establecimiento educativo al que concurre.
- El régimen de presencialidad que se haya dispuesto en esa institución.
- La declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, los días en que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo.
Es importante resaltar que solo podrá acogerse a esta justificación solo un progenitor o persona responsable de los cuidados, por hogar.
Estamos a disposición para cualquier consulta que desee formular.
Equipo Estrucplan