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2024-06-10 Domicilio Electrónico- Provincia de Buenos Aires

Importante
Res. MT(PBA) 97/24 – Constitución de domicilio electrónico

06 de junio de 2024

Estimado Cliente

El día 17 de mayo del presente año, se promulgo la siguiente Resolución 97/2024 del Ministerio de
Trabajo de la Provincia de Buenos Aires
, que tiene como fin “modernizar y agilizar sus procedimientos de comunicación con los/as ciudadanos/as y las empresas con el objetivo de conectarlas con los servicios gubernamentales y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones legales”.

Para ello, establece que “Toda persona humana o jurídica que comparezca ante este Ministerio de
Trabajo, intervenga en los trámites y/o procedimientos administrativos, ya sea por derecho propio o en representación de terceros, deberá constituir domicilio electrónico, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N°15.230, el Decreto N°428/2021 y sus normas complementarias, modificatorias y de aplicación. Dicho domicilio tendrá carácter obligatorio y sustitutivo del domicilio real y constituido”.

La presente Resolución, establece dos protocolos. El Protocolo Administrativo Domicilio y
Notificaciones Electrónicas
y el Protocolo de Audiencias Virtuales.

Es importante aclarar que, de acuerdo al primer protocolo, “El domicilio electrónico tendrá plena validez
y eficacia jurídica y producirá los mismos efectos que del domicilio real y constituido. Resultando válidos y vinculantes los avisos, citaciones intimaciones, notificaciones y comunicaciones en general que allí se practiquen.”
, de forma tal que todas las notificaciones del Ministerio de Trabajo se realizarán exclusivamente poreste me dio.

Por otro lado, de acuerdo al artículo 9° del mencionado protocolo, podrá ser intimada la persona que no constituya el domicilio electrónico, y en última instancia, de no constituirlo al ser intimado, podrá ser multado, conforme al art. 45° de la Ley 10.149.

Finalmente, el segundo protocolo, establece la posibilidad de realizar audiencias virtuales totales o
parcialmente remotas, para ello, nuevamente es obligatorio la constitución de un domicilio electrónico, siendo que la autoridad administrativa notificará por ese medio la fecha de la audiencia y la plataforma en la cual la misma se desarrollará.

El ministerio en su página oficial puso a disposición de los usuarios un link de acceso tanto para dar de
alta el domicilio electrónico como para operar el mismo
. Dado que para ello es necesario acceder con
acceso restringido a través del AFIP/ ANSES sugerimos encarar este trámite con los responsables que
cuentan con estas claves de acceso y asesorarse con vuestros abogados. Copiamos el link:
https://www.trabajo.gba.gov.ar/gestionesenlinea.

Adjuntamos la mencionada resolución, junto con ambos protocolos mencionados y un instructivo que esta misma autoridad publicó en su página oficial.

Resolución 97/2024
Anexo 1
Anexo 2
Instructivo


Estamos a disposición para cualquier consulta que desee formular.

Equipo Estrucplan