Jurisprudencia sobre contaminación con Amianto
Es de suma importancia saber que existe jurisprudencia sobre el tema contaminación con amianto.
En Francia, mediante una pequeña investigación se ha podido realizar un relevamiento que, aunque no es exaustivo, permite constatar una jurisprudencia en curso de constitución :
El artículo 223-1 del nuevo Código Penal ha sido utilizado a estos efectos: la Cámara 17º del Tribunal de Gran Instancia de Créteil (Val-de-Marne) juzgó, el 8 de enero de 1998, a un gerente de la Sociedad Inmobiliaria, a un maestro de obra y a un empresario que habían hecho efectuar trabajos de «desamiantage» de manera peligrosa a comienzos del año 1995. El reporte de Le Monde fechado el 13 de enero de 1998 dice: «Tres obreros egipcios han sido sorprendidos en un Hangar por un inspector de trabajo, quitando el revestimiento de amianto, sin tomar ninguna precaución»,…»Ningún confinamiento ha sido colocado en el lugar, al contrario, las grandes ventanas estaban abiertas.» El procurador reclamó tres meses de prisión con suspensión de la condena y 100.000 francos de multa para Daniel Wargon (maestro de obra) por la puesta en peligro de otro; seis meses de prisión en suspenso y 200.000 francos de multa para Daniel Calmard, profesional responsable por el mismo motivo y seis meses de cárcel con prisión en suspenso y 500.000 francos de multa y la prohibición de gerenciar otra empresa para Armando Aranda, el gerente de la Sociedad Inmobiliaria que, por toda defensa clamó ignorar que el amianto era peligroso.
Reconocimiento de hecho inexcusable luego de deceso por mesotelioma: la Corte de Casasión de la Cámara Social, en sentencia del 3 de diciembre de 1992 dictaminó: «Atendiendo que Robert Bosse, asalariado de la Société Nationale des Chemins de Fer (SNCF) de 1946 a 1984, ha sido afectado de 1950 a 1958 a un taller donde él ha estado expuesto a la inhalación de polvos de amianto…» Habiendo acaecido el deceso a continuación de un mesotelioma pleural, la demanda de la viuda de un aumento de pensión por hecho inexcusable fue otorgado.
La Corte de Apelación de Rouen mediante sentencia del 12 de marzo de 1992 dictaminó que «la simple exposición caracteriza riesgo suficiente».
La Corte de Casasión de la Cámara Social dictaminó por sentencia del 13 de junio de 1996 la indemnización de una asbestosis a pesar de haberse vencido el plazo de la puesta en cargo.
Reconocimiento de hecho inexcusable por una asbestosis, dictada por la Corte de Casación de la Cámara Social el 22 de noviembre de 1992.
Denegación de la apelación solicitado por el empleador por ignorar los riesgos de un hecho inexcusable. Sentencia de la Corte de Casasión de la Cámara Social del 19 de mayo de 1995.
Impugnación de un empleador debido al caso de características profesionales de un mesotelioma, dictada por la Corte de Casasión de la Cámara Social el 7 de marzo de 1996.
Lo que es más importante aún es que también en Argentina existe jurisprudencia:
La Cámara Federal de San Martín, provincia de Buenos Aires, resolvió el 16 de octubre de 1992 en una causa proveniente de la justicia criminal federal de primera instancia de San Isidro, en la que se imputa a Jochen Wentzel, responsable de la firma Rick Klinger S.A., la presunta contaminación de la atmósfera y medio ambiente de un modo peligroso para la salud, como consecuencia de los efluentes gaseosos o sólidos en forma de partículas con alto contenido de amianto.
El caso llegó por apelación de la prisión preventiva dictada al presidente del directorio conforme al art. 55 de la ley 24.051 , por considerárselo prima facie incriminado en él.
El tribunal de alzada decidió confirmar parcialmente el auto en cuestión, y modificarlo en cuanto a la calificación legal, considerándola contaminación culposa, prevista en el art. 56 de la ley 24.051 .
La apelación había girado sobre dos cuestiones: a) la no inclusión del amianto en el listado del Anexo I, ampliatorio del art. 2 y b) el hecho de que deben tratarse vertidos o desechos producidos en áreas sometidas a jurisdicción federal o casos análogos que enumera el art. 1 de la ley de Residuos Peligrosos .
La Sala I de la Cámara citada ha resuelto últimamente la confirmación de la prisión preventiva dictada en 1ª instancia, cambiando su carátula y tipificándola dentro del art. 56, como se dijo.
Alina Hess. Fac. Ingeniería, UNNE, Chaco, Argentina
Art. 55, ley 24.051: «Será reprimido con las mismas penas establecidas en el art. 200 del Código Penal el que utilizando los residuos a que se refiere la presente ley envenenare, adulterare o contaminare de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera o el ambiente en general…»
Art. 56, ley 24.051: «Cuando alguno de los hechos previstos en el artículo anterior fuere cometido por imprudencia o negligencia o por impericia en el propio arte o profesión o por inobservancia de los reglamentos u ordenanzas se impondrá prisión de un (1) mes a dos (2) años….»
Art. 2, ley 24.051: «Será considerado peligroso a los efectos de esta ley, todo residuo que pueda causa daño, directa o indirectamente a seres vivos o contaminar el suelo, el agua , la atmósfera o el ambiente en general.
En particular serán considerados peligrosos los residuos indicados en el Anexo I o que posean alguna de las características enumeradas en el Anexo II de esta ley.
Art. 1, ley 24.051: «La generación, manipulación, transporte, tratamiento y disposición de residuos peligrosos quedarán sujetos a las disposiciones de la presente ley, cuando se tratare de residuos generales o ubicados en lugares sometidos a jurisdicción nacional o, aunque ubicados en territorio de una provincia estuviesen destinados a transporte fuera de ella o cuando a criterio de la autoridad de aplicación, dichos residuos pudieran afectar las personas o el ambiente más allá de la frontera de la provincia….»
LIBSTER, Mauricio: obr. cit., pp. 220-229.